Las leyes en vigencia contemplan la movilidad de las jubilaciones

Es común escuchar en los medios que la ley de Solidaridad Provisional de 1995 eliminó la movilidad de las jubilaciones y que ésta se va a lograr sólo luego de que se declare, caso por caso, la inconstitucionalidad de aquella norma.

Esta es una opinión equivocada que perjudica a los jubilados, porque los induce a reclamar una solución, que en caso de conseguirse, demorará muchos años.La solución para los casi dos millones de jubilados a los que les corresponde una jubilación por arriba de la mínima, consiste simplemente en reclamar que el Congreso Nacional obligue al Poder Ejecutivo a cumplir con la ley de Solidaridad Provisional. Esta dispone que cada año, en oportunidad de discutirse la ley de Presupuesto, el Congreso deba disponer un coeficiente de movilidad igual al aumento contemplado en los recursos para el Sistema de Seguridad Social.

En oportunidad de discutirse el Presupuesto para 2006, el Congreso debe disponer no sólo el aumento que corresponde por el coeficiente de movilidad de ese año, sino de todos los años anteriores, desde 2002 en adelante. Esto es así, porque al aprobarse los presupuestos de 2003, 2004 y 2005, no se cumplió con la ley, y no se fijó el coeficiente de movilidad que corresponde a cada uno de esos años.

Hacia a delante a los jubilados les corresponde aumentos que llegan hasta el 101 %. Pero además, a casi dos millones de jubilados les corresponde cobrar la deuda que el sistema ha venido acumulando, por no pagarles lo que les correspondía desde el año 2002.

Los jubilados deberían hacer de inmediato el reclamo administrativo y judicial, en forma individual, para que los millones de reclamos obliguen a los legisladores a no omitir nuevamente la determinación del coeficiente de movilidad en el Presupuesto para 2006 que se está discutiendo en el Congreso.

En la ventana titulada “Jubilados", los lectores de este sitio encontrarán un escrito modelo y también un programa de cálculo de la jubilación que le corresponde a cada jubilado, así como la deuda que el Sistema de Seguridad Social tiene con cada uno de ellos. Este escrito y este programa fue realizado por especialistas técnicos de Acción por la Republica. El Estado debería hacer frente a la deuda con los Jubilados que se incrementa mes a mes, en la medida en que se demora la aplicación de la movilidad legal.

El mismo proceso de acumulación de deudas se produjo durante el gobierno del Doctor Raúl Alfonsín, y fue saldado durante mi gestión al frente del Ministerio de Economía, en 1992.Es fundamental que esta vez la historia no se repita, y el Gobierno del Doctor Néstor Kirchner pague sus deudas y no las traslade a un gobierno futuro.

La discusión del Presupuesto para 2006, brinda la oportunidad para resolver el problema sin más demoras.*La Ley de Solidaridad Previsional es aplicable a todos los planes de la ANSES (apróximadamente 3.200.000 planes)Links Relacionados:-SIMULADOR JUBILATORIO ONLINE-DESCARGAR SIMULADOR-DESCARGAR MODELO DE DEMANDA

54 comentarios en «Las leyes en vigencia contemplan la movilidad de las jubilaciones»

  1. Estimada Hilda,
    Soy uno de los colaboradores del Dr Cavallo. Le quiero agradecer de su parte el mensaje, y avisarle que en los próximos días vamos a re-habilitar muchas funciones del sitio anterior, incluído el «simulador» que usted menciona.
    Muchas gracias y saludos

  2. Hola! Mi padre obtuvo sentencia favorable de camara por reajuste jubilatorio. Como sigue el tramite? Quien hace los calculos de lo que debe cobar? Cuanto puede demorar el pago?. Muchas gracias. Atte. MM

  3. Me parece utilísima la página, y espero que el simulador cumpla con nuestras expectativas de información.
    Mucho les agradecería si pueden hacerme saber los porcentajes en que han sido reajustadas las jubilaciones desde junio del 2005 hasta la fecha. Es decir cada fecha y porcentaje de aumento.
    Muchísimas gracias

  4. HOla mi padre se jubilo en el año 1990, de una empresa petrolera privada, supuestamente el tendria derecho a un 82% de reajuste por movilidad. por favor se podria aplicar el simulador para realizar el calculo desde aquella fecha? Tendran algun modelo de reclamo administrativo para estos casos. Gracias, muy util esta pagina.-

    1. Estimada Flavia, lamentablemente el simulador está preparado para ajustar las jubilaciones desde 2002 en adelante por el índice de aumento de la recaudación previsional. Para hacer el cálculo desde el año 1990 y en base al 82% móvil, sería necesario tener la evolución del sueldo del personal en actividad de YPF en el mismo cargo desde el que se jubiló su padre. Yo creo que esa información se podría conseguir en la misma YPF, o quizás puedan ayudarla los profesionales de IDESA con los que se puede contactar a través del sitio http://www.idesa.org

  5. Hola, como le va Dr. Cavallo? Lo acabo de ver en el programa de Mariano Grondona, y en primer lugar me parece un desperdicio que un hombre como usted no tenga en los próximos años un lugar en la vida pública de nuestro país. Por otro lado, y mas allá de ésto, me parece interesante su blog y sobre todo este servicio previsional que presta, yo trabajo en este ámbito del derecho y la verdad es que hay mucha mala información, mucha desconsideración hacia los jubilados, aprovechándose de la mala y poca información que ellos tienen en esta materia. Asi que ojalá esta herramienta, les sirva.
    Dr. quisiera saber cual es su opinión respecto al proyecto de la ley de movilidad elevada al Senado? Que le parece la viabilidad de la misma, y si los índices a los cuales atan el cálculo servirán realmente para actualizar las jubilaciones, o si todo esto no es mas que fuegos artificiales.
    Muchas Gracias.

    1. El índice al cual atan las jubilaciones es el mismo que indicaba la Ley de Solidaridad Previsional y que el Congreso se olvidó de aplicar desde 2002, cuando comenzó la inflación. Lo malo de este proyecto es que recién aplicarán la movilidad desde aquí para adelante y no le devuelven la movilidad omitida entre 2002 y 2007 a los jubilados a los que no benefició el aumento de la jubilación mínima, que son más de 1 millón y medio de personas, precisamente las que más aportaron durante su vida activa. Sobre este tema encontrará varios post en años anteriores en este sitio.

  6. Dr. lo ví anoche en el programa del Dr. Grondona, fue un gustazo verlo nuevamente, gracias a ello retomé la lectura de sus inteligentes comentarios. Mis felicitaciones y adelante.

  7. Estimado Dr. Cavallo, fui y soy un ferviente admirador de sus conceptos económicos y el sentido de los mismos, como es lógico la economía no se puede tener sus resultados en dos ni tres años sino ,que es cono decía Pino Solanas juntarnos todos y decir que país queremos y a donde queremos proyectarlo, me acuerdo que los mensajes que usted daba conducían en ese sentido. Soy un jubilado de la ex SEGBA, con una categoría importante que en el año 1997 me jubile con $ 788 y hoy estoy cobrando $ 1.000 con descuentos, tendré que realizar juicio o esperar….
    Muchas gracias y saludos. Ben

    1. Muchas gracias a Usted Benjamín. Si le hubieran indexado desde el 2002 con el índice de mobilidad que ahora piensan aplicar desde el 2008 en adelante, a usted le correpondería cobrar no menos de 2.000 pesos. Yo creo que tendría que hacer juicio, porque no me parece que tengan planeado aplicar la movilidad desde que recomenzó la inflación, como hubiera correspondido. Afectuosos saludos.

  8. Dr., creo que los argentinos ciudadanos siglo veintiuno queremos que Ud. vuelva porque representa el proyecto esperanzador de quitarle a los viejos políticos la manipulación de la moneda.Los mismos, manipulando moneda, surfean hábilmente sobre conflictos de intereses estatizando/privatizando según les convenga llevando Argentina a tumbos de ‘crisis’ en ‘milagro’ con un resultado final de décadas de decadencia relativa a nuestros países vecinos, coherente y concurrente con una deuda que no para de crecer y un empleo que no cesa de convertirse en empleo chatarra.

    Dr., ¿porqué no afrontar una idea completamente nueva de sustituir el concepto de ‘distribución de la riqueza’ por el concepto de ‘distribución automática de la riqueza’ ?: es la idea del proyecto Actitud, es la idea de despojar de discrecionalidad a la organización de la renta, que en nuestro país se presta a la experta manipulación por parte de los viejos políticos, a la vez que insuflar motivo al trabajador, al ciudadano proactivo, al emprendedor.

    1. Buena idea Sergio. Pero lo más importante es que la redistribución de ingresos mas que la redistribución de la riqueza se promueva desde el presupuesto público (sobre todo a través de las prioridades de gasto) y no interfiriendo en el funcionamiento de los mercados de bienes y servicios. En mi libro Volver a Crecer explico que el mayor defecto institucional de nuestra economía es que se utilizaban los mecanismos de l sistema de precios para redistribuir ingresos y el presupuesto público para asignar recursos, cuando las economías bien organizados funcionan justo al revés.

      1. Yo creo que es legítimo y socialmente deseable que el gasto publico tienda a nivelar las oportunidades. No porque un niño nazca en un hogar pobre o de padres que no recibieron buena educación o no gozan de buena salud, debe quedar siempre en desventaja con relación a otros niños. Por eso yo creo que orientar el gasto público a asegurar buena educación y buena salud a los niños desde la etapa prenatal hasta que son adultos, es algo muy deseable y la mejor forma de redistribuir ingresos y hacia el futuro, de redistribuir riqueza. No quitándosela a los que la generan, sino invirtiendo en aumentar el capital humano. Esto se consigue utilizando las políticas públicas, es decir aquellas destinadas a producir bienes públicos, para impedir que la pobreza extrema impida la capitalización humana de los niños pobres.

  9. Néstor, su proyecto me parece muy interesante, pero no deje de pensar en la transición desde la sociedad en la que vivimos hacia una en la que ya no haya pobres. Podremos llegar a ella sin políticas públicas orientadas a asegurar igualdad de oportunidades para los niños de las familias que hoy son pobres porque aún no estamos viviendo en la sociedad ideal?

  10. Consulta:¿que piensa sobre el pago de un ‘sueldo’?¿es resabio de dirigismo, de dictadura?¿como se comprende el concepto ‘sueldo’?.

    Al término ‘comprende’ lo utilizo en su siguiente acepción: ¿qué relaciones lógicas, tanto históricas como actuales y proyectivas, se asocian en tanto vínculo al concepto ‘sueldo’ en cantidad suficiente para mostrar al mencionado concepto en un contexto que lo defina respecto su función social?.

    No logro entender como un pago contractual puede ser fijo respecto un servicio variable si no ocurre bajo un acto de dirigismo.
    La explicación que se me ocurre sobre que el empleado puede abandonar ese trabajo y buscar otro más acorde a su capacidad de servicio contraprestado por un sueldo mayor no me parece coherente en tanto la situación se repite sólo que esta vez con un ‘sueldo’ mayor.

    1. Me encantó tu comentario en el blog de lucas lach y después te googlé y me aparecio un proyecto de ley de límite de 10 palos que me re movilizó porque tengo mujer, hijos, familia y amigos pero NADIE que mínimamente piense como yo (excepto mi viejo pero eso pasa más por el lado del afecto y lo psicológico). Te paso la dire de mi blog que nunca actualicé y que nadie entró a ver que te parece. Un saludo, Pablo Rueda.

      http://www.capitalismorevolucionario.blogspot.com

      1. Muy buena la declaración de principios. Quizás la gente no entre en tu blog porque la palabra capitalismo ha sido tan demonizada que asusta a la gente son vocación política. Pero en el tema de la divulgación de las ideas, es muy importante perseverar.

  11. Estimado Señor Cavallo ,me tomo el atrevimiento de escribirle en la que creo saber que es su «página» para hacerle una pregunta que nada tiene que ver con el tema expuesto.
    Lo escribo aquí debido a que no se de que manera podre comunicarme con usted.
    Mi pregunta o mejor dicho mi urgencia es la siguiente :
    usted me podria explicar la siguiente frase que cito en 1999 que describia tales palabras : «En materia laboral tenemos que dejar que los empresarios y los trabajadores acuerden los términos del contrato laboral,a nivel de la empresa…Se crearían mucho empleos si avanzáramos hacia una legislación que le dé al empresario a nivel de su empresa la posibilidad de entre ellos acordar las caraterísticas de la relación laboral y del contrato laboral»
    Desde ya muchas gracias,y realmente me serviria a mi,para reacomodar en mi cabeza algunos conceptos sobre su persona.

    1. Si Graciela. Lamentablemente nunca se descentralizó la negociación laboral. Por eso nuestra economía crea tan pocos empleos. Las pequeñas y medianas empresas no pueden cumplir con las obligaciones que aceptan las grandes empresas en la negociaciones por grandes sectores. La consecuencia es que se mantienen en la informalidad o, simplemente, desaparecen.

  12. Estimado Dr. quisiera saber con certeza si los empleados de YPF tiene otorgada la jubilación con el 82% móvil. Tengo 58 años de edad y trabajé 20 años en esa empresa, actualmente estoy empleada en una institución profesional (11 años)y mi sueldo es mucho menor de los que abona esa empresa. Estaría en condiciones, de acogreme a los beneficios de la jubilación por mis años de aportes en YPF? (Mis aportes previsionales superan los 30 años).
    Gracias

    1. Susana, le voy a pedir a Felipe Murolo, que conoce mucho más que yo de este tema, que le envíe una respuesta precisa.

  13. Estimado Dr.:
    Tengo 59 años, próximo a cumplir 60.
    El promedio de mis haberes (nominal) da más o menos $ 1.600
    Mi haber de 1999 era de $ 950 y el último año es de $ 3.600
    Sé que me corresponde el 1.5% del promedio de los últimos 10 años, pero actualizados
    Qué índice se utiliza para calcular realmente el promedio actualizado, y de ahí aplicar el 49.5% que me correspondería por 33 años de aporte?
    Ese 49.5% es el total del haber o los dos otros ítems (aporté siempre al reparto) van aparte?
    Le pido me responda a la brevedad pues depende de eso si resuelvo o no jubilarme i seguir trabajando.
    Lo felicito por su gestión (aunque fui victima del corralito), pero entiendo que no en su gobierno.
    Lo admiro en verdad.
    Gracias

    1. Felipe Murolo, que me ayuda cuando hay que entrar en detalles técnicos sobre temas previsionales y financieros le va a enviar una contestación precisa a su pregunta. Muchas gracias por su concepto y le envío un afectuoso saludo.

    2. Estimada Norma:

      A su pregunta realizada en el blog de Domingo Cavallo le hago llegar mi respuesta:

      Por los 33 años aportados, como bién dice en la pregunta, le corresponde 49,5% del promedio simple de las 120 últimas remuneraciones percibidas, es decir 800 pesos.

      La movilidad la están calculando aplicando los aumentos otorgados a los pasivos, que todavía no alcanza al 50%,

      Hay que adicionar a eso la prestación básica universal.

      Concluyendo, mas allá de los derechos que pueda invocar con posterioridad a la aprobación del haber inicial y comenzar a percibir las prestaciones, estaría cobrando mensualmente aproximadamente 1500 pesos, mas los aumentos que se den desde el año que viene, hasta que comience a cobrar.

      Para mejorar aún mas su evaluación, le convendría calcular promedios de últimas 120 remuneraciones considerando como $ 3600 las próximas, para evaluar cuanto mejoraría el haber inicial corriendo el mes base, que ahora estaría correspondiendo al año 1999.

      Desde ya, que aunque todos los meses fueran hoy de $ 3.600 y no hubiera habido inflación en el pasado su haber inicial sería de $ 2.100.

      Además, cada año que permanezca en actividad, agregaría $ 54 a su haber inicial.

      Por lo que he podido averiguar el resultado de los juicios para incrementar su haber desde los 1.500 que aproximadamente le calcularán al principio,( además de los que otorguen de manera masiva), pueden demorar varios años. Salvo que el resultado de un reciente fallo de la Corte acelere los tiempos.

      Saludos.

      Felipe Murolo.

  14. Estimado Dr. Cavallo: con mucha cordialidad y en breve tiempo me respondió el Sr. Murolo
    respecto a mi inquietud.
    Respecto a la actualizadión del promedio de los últimos diez años para percibir el primer haber
    jubilatorio, me interioricé en varias páginas y en todas hablan de la actualización año por año
    de los 10 años.
    El Sr. Murolo me dice de la movilidad, que es más o menos 50%, es ese el índice de actualiza-
    ción?
    Para ser más clara le copio parte de un artículo que habla del tema:
    Prestación Compensatoria (PC)
    Prestación Compensatoria (PC)

    Para los trabajadores en relación de dependencia: el haber será equivalente al 1,5% por cada año de servicios con aportes, o fracción mayor de seis meses, hasta un máximo de treinta y cinco años, calculado sobre el promedio de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, actualizadas y percibidas durante el período de ciento veinte meses inmediatamente anteriores al cese en el servicio, a la extinción del contrato laboral o a la solicitud de beneficio, lo que ocurra primero.

    Le agradeceré me aclare ese tema, además, dentro de sus posibilidades, el monto de la PBU, y el monto
    del PAP, ya que siempre aporté al estado.
    Muchas gracias.

    1. Estimada Norma:

      El 50% de incremento se corresponde con la acumulación de los aumentos otorgados a los jubilados que percibían en el año 2001 $ 1000 o más. Esos incrementos los están aplicando también al calcular el haber inicial.

      Considero que ese incremento no se corresponde con la movilidad establecida por la Ley 24241, y entiendo que la Corte también lo entiende así. Es por eso que la mayoría de los jubilados presentan una demanda semejante a la del caso Badaro.

      La prestación adicional por permanencia es desde hace un par de años también del 1,5% por año, igual que la prestación compensatoria. Es por eso que está bien su cálculo de 49,5% por 33 años de aportes.

      El cálculo del haber inicial sería de $ 800 por PC y PAP y $ 300 por prestación básica universal, mas la aplicación de los incrementos otorgados con posterioridad al año 2001 a los jubilados que ganaban mas de $ 1.000.

      Saludos.

      Felipe Murolo.

  15. Soy jubilado desde 07/ 93 y recien inicie juicio por ajuste de haberes en 09/06 y me entero que solamente
    puedo percibir en caso de salir favorable el fallo por dos años anteriores, mi pregunta es porque motivo
    debo porder esos años si por ignorancia mia y la falta de recursos no lo inicie antes. Hay algun procedi-
    miento legal para reclamar esa diferencia .Muchas gracias.

    1. Yo creo que en la misma demanda debería solicitar que se declare la inconstitucionalidad de la norma que reduce a dos años los beneficios no prescriptos.

  16. Mi primo es jubilado de Segba, màxima categorìa.- Solamente percibe la suma de 1.300, mientras que otros conocidos de èl, con categorìa mucho màs baja, perciben casi $ 4.000.- Tendrìa que pedir el reajuste vìa administrativa previa? Es por formulario que entrega ANSES? Cuànto demora el organismo? Muchas gracias!!!

    1. Le voy a pedir a mis amigos de IDESA, que le respondan esta pregunta. Lamento no poderle dar precisiones, porque no conozco bien los trámites legales.

  17. tengo un juicio con anses por reajuste desde hace mas de 10 años mi num doc es 5171254 me dice q esta resuelto pero no cobro. cuanto mas tendre q esperar?

    1. He consultado a un especialista en el tema quien responde lo siguiente:

      Si, hay muchos casos que, aún con sentencia firme, el pago se demora en efectivizarse. Se puede plantear recursos adicionales contra la ANSES. Para ello debe conversarlo con el abogado que le está llevando el juicio.

  18. De mi mayor consideracion:

    Soy empleado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por mi edad me estaré jubilando en el 2012, con 47 años de aporte.
    Espero que para esa oportunidad, ya este vigente el 82 % Mobil; de no ser asi se estará incurriendo en uno de los delitos mas cruciales de la vida cotidiana ya que se interpreta de la siguiente manera:

    bajo el mismo patrón hay agentes (docentes) que se jubilan con el 82 % Mobil del ultimo haber percibido.
    y el resto con un porcentaje de lastima de los últimos 10 años (promedio).-

    Con el mayor de los respetos: !!! que injusticia, alguien debe remedar la barbarie cometida ¡¡¡

    1. Sr.

      Creo fervientemente una de las asignaturas pendientes es que la clase pasiva tenga un pasar digno y lo mas acorde a una realidad en esta sociedad de consumo.

      Por momentos me pregunto porque los gobiernos de las últimas 3 décadas, se ensañaron con los jubilados.

      Cuando en realidad la solución esta al alcance de la mano; así como se apropian de porcentajes para saciar necesidades expurgas, se podría destinar sumas acordes para solucionar dicho problema y lograr así el tan añorado 82 % Movil.

      Aquel que diga lo contrario o que no es posible, realmente; no es humano o es de otro planeta.-

      Atte. José Roberto Villanueva

      1. No es cierto que todos los gobiernos de las 3 últimas décadas se ensañaron en contra de los jubilados. El gobierno que yo integré entre 1989 y 1976 mejoró significativamente la jubilación media, reconoció y pagó las deudas por incumplimiento anterior de las leyes previsionales y aproximó el haber jubilatorio al 82 % móvil más que en ningún otro momento.

  19. De mi consideración:
    Quisiera consultar mi situación. Trabajé durante 14 años en YPF Campamento Vespucio – Salta. ahora que tengo edad para jubilarme busqué esos años de aporte y no figuran en Anses ¿Qué puedo hacer? ¿Dónde consultar si la empresa se privatizó? ¿Esos datos desaparecieron? Realmente apreciaría su respuesta. Muchas gracias.

    1. Hay una YPF residual que funciona en el Ministerio de Economía. Ello deberían tener toda la información de la YPF antes de ser privatizada.

  20. Mi madre inicio juicio por reajustes varios contra la Anses bajo expte. nº 39503/2008, asignado el 09-09-2008
    se sabrá cuando tendra respuesta a lo iniciado?, la misma se encuentra en el Juzgado Federal de 1ra.
    Instancia de la Seguridad Social Nro. 1 cuyo último movimiento del expte. se encuentra en letra con fecha
    13/03/2010; espero pronta respuesta. Gracias.

    1. No tengo forma de conocer el estado de un trámite judicial en particular.Pero su abogado puede ver el expediente.

  21. Creo que nadie mejor que Ud. Dr Cavallo puede responder esta inquietud: hasta el año 1994 en que fui «transferida» a la Provincia de Santa Fe, como docente nacional aporté a un Seguro Obligatorio. Siempre pensé que los aportes realizados debían ser devueltos, pues ya no seguimos aportando cuando pasamos a la esfera de la Provincia, y, por lo tanto, el seguro ya no tenía vigencia. He leído que una resolución y luego un decreto del Dr. Kirchner, cuando fue Presidente, impidieron esa devolución. ¿Será posible recuperar ese dinero que fue a parar quién sabe a qué bolsillos? Creo que la resolución manifestaba que era un «SEGURO DE VIDA» y no «DE AHORRO». Pero de cualquier modo la transferencia nos impidió seguir pagándolo y estaba fuera de nuestras posibilidades hacerlo particularmente. Espero haber sido clara. Muchas gracias.Lo saludo atte.

    1. En verdad Socorro, no conozco sobre este tema. Pienso que tendría que consultar a algún abogado especializado en temas previsionales. Perdóneme que no la pueda ayudar.

  22. quisiera saber que posibilidades tiene mi padre de cobrar el juicio iniciado hace unos años , solicitando el 82% que le pertenece. En setiembre cumple 80 años y yo quisiera hacer todo lo posible para su bienestar y que recupere la confianza perdida. Con quien deberìa contactarme, POR FAVOR QUE SEA HONESTO?. Espero su respuesta. GRACIAS

  23. Vivo en argentina tengo 15 años aportados en españa y 30 aqui ,puedo solicitar las dos jubilaciones por separado o las tengo que unir ,gracias.

    1. La verdad es que no sé.Tendrías que preguntar en algún consulado español. No creo que sea algo que determine la legislación Argentina. Saludos.

  24. ES VERGONZOSO QUE EL GOBIERNO NO SALDE LO QUE POR LEY LE CORRESPONDE AL LOS JUBILADOS TENGO 81 AÑOS SOY SOLA ENVIUDE HACE 11 AÑOS Y CON LO QUE ME PAGAN NO RESUELVO NI MI ENFERMEDAD NI MI VIDA ,TENGO UN STEEN Y MUCHAS COSAS MAS , RECLAMO LO QUE ME CORRESPONDE NO QUIERO LIMOSNAS , TODA LA VIDA ME GANE TRABAJANDO MI SUSTENTO , EXIJO QUE ME DEN LO QUE ME CORRESPONDENO TUVE HIJOS PARA QUE ME DEN PLATA , TRABAJE PARA MANTE4NER MI HIJA , POR LO TANTO EXIJO ME DEN LO QUE POR LEY ME CORRESPONDE

    1. Tiene toda la razón Alicia. Acabo de estar con un amigo que tiene 94 años y hace varios que ganó un juicio a la Anses por los ajustes que no le hicieron entre 2002 y 2007 (lo que se denomina el fallo Badaro) y no le pagan lo que corresponde según la sentencia de la Suprema Corte de Justicia. Lo que está haciendo este gobierno es vergonzoso. Cuando yo era Ministro, le pagamos a más de un millón de jubilados, a los que se les había retaceado los ajustes desde 1987 y no le cumplían con las sentencias judiciales, una cifra global que ascendió a 18 mil millones de dólares. Esto es lo que debería hacer, pero lamentablemente no hace, este gobierno. Usted hace muy bien en reclamarlo por todas las vías posibles. Un abrazo.

  25. Yo quisiera saber cual el nº de la Ley jubilatoria que Ud. tuvo el tupé de DEROGAR por medio de la cual teníamos el derecho a tener dos JUBILACIONES , SI COMO EN MI CASO YO PAGO DOS JUBILACIONES!
    TENGOmi jubilación de la POrov de Cordoba , como docente y a su vez hace 25 años q trabajo en la
    Universidad. Ahi me descuentan HACE 25 AÑOS para UNA JUBIALCIÓN que jamas me van OTORAGR GRACIAS A USTED.
    1

    1. Me parece que está mal informada. Pregúntelé al Presidente de la Caja de Jubilaciones de Córdoba, que formó parte de mi equipo. También lo tiene en Córdoba al Dr
      Walter Schultess, que era secretario de Seguridad Social en aquel entonces y una autoridad en temas jubilatorios, Fue el inspirador de que saldáramos la deuda con todos los jubilados cuyos derechos habían sido cercenados durante la década del 80 y que a partir de 1992 comenzaron a cobrar conforme la Justicia había interpretado los beneficios que daban las leyes en vigencia. No se deje guiar por lo que dicen aquellos que se pregonan defensores de los jubilados y lucran con el incumplimiento por parte del Estado de sus obligaciones. Las leyes no fueron dictadas por mí, sino por el Congreso Nacional, luego de largas discusiones entre los representantes del pueblo. Saludos.

  26. Hola doctor Caballo ;por favor quiero preguntarle sobre el nuevo fallo de la corte sobre la PBU que se debe pagar a los jubilados ,aquienes aplica realmente ? por qu yo fui a un abogado por mis padres que ya son jubilados ,ellos tienen 89 y 76 años ,y el abogado me dice que no aplica a ellos ,mi padre es jubilado de trabajos rurales y mi madre tiene una jubilacion de ama de casa,ya con cluyo con el pago de la moratoria ,es asi comodice el abogado que no les carresponde a ellos ? los dos cobran la minima .Desde ya muchas gracias DR .

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