La hiperinflación siempre se origina en el aumento descontrolado de una moneda que la gente no quiere tener. Es bien conocido que la gente prefiere mantener sus ahorros en dólares y no en pesos. ¿Cómo se explica entonces que reconocerle a los ahorristas que vuelven a ser propietarios de dólares bancarios puede generar hiperinflación? La respuesta es sencilla. El Gobierno, al prohibir las cuentas corrientes y caja de ahorros en dólares, esta impidiendo que los dólares bancarios existan. Hoy no se pueden escribir cheques o utilizar tarjetas de débito en dólares. Esto es lo que provoca el riesgo hiperinflacionario. No la decisión de la Corte de defender el carácter protectivo de los derechos de propiedad que la Constitución Nacional le asigna a la Ley Argentina.
El riesgo hiperinflacionario se elimina con sólo permitir que vuelvan a existir las cuentas a la vista en dólares y que se pueda reconstruir el sistema de pagos internos en esa moneda, tal como existía hasta que, violando la Constitución Nacional, se decretó la “pesificación” de la economía.
¿Cuales son las alternativas que se le abren a un ahorrista a partir del día que la Suprema Corte de Justicia ratifique la inconstitucionalidad del corralón? Si se mantiene la prohibición de abrir cuentas a la vista en dólares, sólo tendrá dos alternativas. Mantener sus fondos depositados a plazo fijo en dólares o pasarlos a una cuenta a la vista en pesos. En este último caso, el banco le tendrá que aplicar el tipo de cambio del mercado libre del dólar. Esto significa poner en circulación pesos que la gente no desea mantener. Ahí es donde aparece el riesgo hiperinflacionario, porque si la mayoría de los ahorristas deciden por la segunda alternativa, la creación de pesos puede terminar siendo incontrolable.
Ahora bien, si el Gobierno permite que los ahorristas que quieran tener sus dólares bancarios a la vista, puedan abrir cuentas corrientes o cajas de ahorro en dólares, y se vuelven a permitir los pagos internos con cheques o tarjetas de débito en dólares, entonces no necesitan crearse pesos adicionales. ¿Qué ocurre en ese caso, si los titulares de las cuentas a la vista en dólares quieren transformarlos en pesos? La solución es muy simple. Se organiza un mercado en el que se cotiza el dólar bancario en término de pesos bancarios y viceversa. Si mucha gente quiere transformar sus dólares bancarios en pesos, bajará el precio del dólar, pero ninguna institución estará obligada a crear pesos bancarios adicionales.
Hay otra pregunta relevante. ¿Qué ocurre si los titulares de cuentas en dólares quieren llevarse los dólares billete o transferir los dólares al exterior? Ahí se deben aplicar las reglas del control de cambios. La Suprema Corte de Justicia siempre ha admitido como constitucionales los controles de cambios en situaciones de emergencia y no existen rumores de que vaya a cambiar esta jurisprudencia. El retiro de dólares billetes o el giro de dólares al exterior sólo podrán ser autorizados por los bancos si el titular de la cuenta demuestra que tiene que hacer un pago al exterior permitido por el control de cambios, tal como ha ocurrido desde principios de diciembre del año pasado, cuando se implantó el corralito. En este sentido el corralito no ha sido levantado ni se lo va a poder levantar hasta que se concluya la reestructuración de la deuda externa y se normalicen totalmente las relaciones financieras de Argentina con el exterior. ¿Qué pagos van a poder hacer entonces los titulares de cuentas a la vista en dólares? Cualquier pago permitido al exterior, como los pagos por importaciones de bienes o servicios y pagos de deudas externas ya reestructuradas, tal como lo puede hacer hoy cualquier titular de cuenta bancaria en la Argentina. Pero, además, podrá hacer cualquier pago interno. Esto último es muy importante, porque permitirá reactivar inmediatamente el mercado inmobiliario, el mercado automotor, el mercado de los bienes durables y, muy probablemente, el de los bienes de capital. Ninguno de estos pagos supone salida de dólares billetes ni transferencias de dólares al exterior desde el sistema bancario que hoy no puedan salir. Por consiguiente no es válido el argumento que algunos hacen sobre la inexistencia de dólares billete suficientes para afrontar la redolarización de los depósitos bancarios.
Los ahorristas que no deseen usar sus ahorros para hacer pagos, podrán mantenerlos a plazo fijo, ganando el interés que le ofrezcan los bancos. Estos volverán a competir para captar ahorros en dólares y la gente volverá a tener la posibilidad de mantener depositado el capital y cobrar periódicamente los intereses como complemento de sus ingresos corrientes.
La autorización de las cuentas a la vista en dólares facilitará la operatoria de todo el comercio exterior y quitará trabas que hoy afectan a las exportaciones. No se necesitará exigir a los exportadores que conviertan sus dólares en pesos, sino simplemente que transfieran las divisas que generan sus exportaciones a cuentas en dólares dentro del sistema financiero Argentino. Seguramente muchos de los pagos a sus proveedores podrán ser hechos en dólares y éstos circularán dentro de los bancos Argentinos y permitirán afrontar los pagos que importadores y deudores deban hacer al exterior. De esta forma, los agricultores podrán recibir dólares como pago por su cereal y no necesitarán almacenar el cereal como moneda de ahorro.
Eliminado el riesgo hiperinflacionario como argumento para impedir la redolarización, queda la cuestión del efecto de la misma sobre el balance de los bancos. ¿No quedarían los bancos en bancarrota si tienen que reconocer que sus obligaciones con los depositantes vuelven a su nivel original en dólares? La respuesta depende de lo que se haga con los activos de los bancos. Lo que corresponde es que sus activos vuelvan a dolarizarse. En primer lugar, el Gobierno tiene que anular la pesificación del Préstamo Garantizado y la reducción en dos puntos de su tasa de interés. Es decir tiene que revertir el default de la deuda interna reestructurada a fines del año pasado y cumplir con lo pactado. Esto es muy importante no sólo para normalizar el funcionamiento del sistema bancario, sino para evitar la continuación del conflicto judicial con las AFJPs. En segundo lugar, el gobierno tiene que optar por revertir la pesificación de las deudas del sector privado con el sistema bancario o comprometerse a saldar la diferencia entre los pagos que harán los deudores en pesos y el valor en dólares de cada cuota de capital e intereses. Este subsidio del Estado a los deudores tendrá que ser presupuestado a lo largo del tiempo y financiado como el resto del presupuesto. No hay otra alternativa.
Los que dicen que esta solución implica un mayor costo fiscal futuro, parten del supuesto de que es posible cargar sobre los ahorristas de una vez todo este costo fiscal. La declaración de inconstitucional del corralón significa que esa decisión constituye una expropiación de los ahorros. Inexorablemente, el Gobierno tendrá que apelar a gravámenes que no tengan ese carácter.
Si el Gobierno, en lugar de presionar a la Suprema Corte de Justicia para que convalide el corralón, aprovechara el buen criterio que en este tema está demostrando tener nuestro Poder Judicial y decidiera recrear un sistema financiero bimonetario, capaz de ofrecer a los ahorristas argentinos protección adecuada a sus ahorros y buenos servicios de pagos en la moneda que cada uno elija, estará iniciando una reconstrucción institucional imprescindible para que argentina vuelva a crecer.