La discusión mediática sobre los denominados “sobresueldos” es fruto de una operación destinada a que quede sin castigo el enriquecimiento ilícito de quienes habiendo pasado por la función pública no puedan justificar su patrimonio. Pretenden beneficiarse de esta confusión tanto funcionarios de los gobiernos del pasado como del presente.
El argumento defensivo que se pretende validar es simple: cuando ante una denuncia de enriquecimiento ilícito, el acusado que no pueda explicar un aumento substancial de su patrimonio, argumentará que por la ley secreta 18.302 recibió “sobresueldos” de la magnitud suficiente como para justificar aquel aumento. Los funcionarios interesados en enriquecerse a través de la función pública tienen gran interés en que la justicia acepte este argumento. Quedaría impune para siempre cualquier delito de enriquecimiento ilícito.
La confusión se siembra argumentando que yo, como Ministro de Economía, informé al Gabinete Nacional en 1992 que los funcionarios debían declarar los “sobresueldos” a la Dirección General Impositiva. De esta forma se pretende legalizar los “sobresueldos de hasta 100 mil pesos mensuales” (sic) de cuya existencia generalizada ya se ha convencido a la opinión pública.
Para comenzar a despejar la confusión y para que los delincuentes no se salgan con la suya, debo aclarar desde el vamos que los “reintegros de gastos protocolares” se limitaron a cifras de hasta 6.500 pesos mensuales para los ministros, 5.700 para los secretarios y 4.900 para los subsecretarios.Todos los funcionarios que concurrían a las reuniones de Gabinete Nacional, saben que al poco tiempo de asumir como Ministro de Economía propuse instituir el régimen transparente que finalmente fue plasmado en el Decreto 838 de 1994[Ver Decreto].
Sin embargo predominó el criterio de evitar que ese reintegro de gastos tuviera difusión y el Presidente decidió que se pagaran en forma secreta. Recuerdo que tanto los asesores legales de los órganos responsables de administrar los fondos de la ley secreta 18302 como la Secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, el Ministerio de Justicia y la Procuración del Tesoro opinaron que ese encuadre legal era posible.Yo sostuve que el mínimo ingrediente de transparencia aceptable era la obligación de incorporar el reintegro de gastos protocolares en la declaración de impuestos de cada funcionario.
Este sistema funcionó desde 1991 hasta la sanción en 1994 del Decreto 838, que cambió el origen presupuestario de los reintegros por gastos protocolares y le quitó el carácter secreto, aunque mantuvo los montos que se habían abonado mensualmente en el período anterior.
Es claro que los funcionarios que recibieron dinero por fuera del sistema legal vigente cometieron delitos y deben ser juzgados, pero no aquellos funcionarios que recibieron una retribución por su trabajo, y un reintegro de gastos vinculado con su función, dentro del marco legal y lo incluyeron correctamente en sus declaraciones juradas de impuestos.
En materia de legalidad, así lo entendió la justicia que me sobreseyó en forma definitiva en una acusación de enriquecimiento ilícito que me hicieron en 1995.Esta acusación fue promovida por quienes se sentían molestos con mi lucha contra las mafias. La Jueza Servini de Cubria, me sobreseyó en el año 2004. Es decir que la declaración de los reintegros de gastos protocolares que yo incluí en mis declaraciones juradas anuales, en conjunto con todos mis otros ingresos, fueron tomadas como justificaciones legítimas de mis variaciones patrimoniales entre 1988 y el año 2003.
La discusión pública de esta cuestión de los reintegros de gastos protocolares, que por entonces los medios también denominaban “sobresueldos”, fue muy intensa en 1993 y 1994 [ Ver nota periodística 1993], pero quedo totalmente saldada con la publicación del decreto 838 de 1994, que introdujo total transparencia en el mecanismo de contabilización y pago de los mal llamados “sobresueldos”.
Para entender porqué se ha reabierto luego de más de una década, resultan muy útiles las declaraciones de Aníbal Fernández.El Ministro del Interior acaba de afirmar que seguramente no habrá sanción legal para los que pagaron “sobresueldos”, porque la ley secreta permitía el uso discrecional de los recursos por parte de quienes debían administrarlos. Pero preanuncia que habrá una “enorme sanción moral” para los que los cobraron. Y tal como se ha montado la discusión mediática, se pretende que los destinatarios de esa “enorme sanción moral” seamos los que cobramos reintegros de gastos no mayores a 6.500 pesos mensuales, mientras se nos mezcla con los que ahora dicen haber cobrado 50 mil pesos mensuales para aumentar significativamente su patrimonio no declarado ante la DGI.
En otros términos, han metido en la misma bolsa a todos los funcionarios honestos que recibieron una retribución por su trabajo y un reconocimiento de gastos razonables vinculados con su gestión, con los que no pueden justificar incrementos patrimoniales millonarios y recurren a los gastos reservados como explicación de lo inexplicable.
No me sorprende que a algunos funcionarios les interese esta vía de indemnidad, pero me parece una actitud repudiable desde todo punto de vista. No debe permitirse que los delitos queden sin castigo y mucho menos que quienes hemos actuado con honestidad recibamos la “enorme sanción moral” a la que alude el Ministro del Interior.
La Justicia, si realmente existe, debe investigar todas las denuncias de enriquecimiento ilícito. En mi caso, el juicio se prolongó por 9 años y se pidieron informes a varios países a partir de pruebas demostradamente falsas. Finalmente debieron sobreseerme y decir burocráticamente que quedó a salvo “mi buen nombre y honor”, después que utilizaron cientos de páginas de diario y miles de minutos de radio y televisión para hacerme aparecer como corrupto. Pero yo acepté la investigación como una carga ineludiblemente asociada a mi servicio público.
Todos los funcionarios tienen que estar dispuestos a admitir que se los investigue, aunque deseo que no hagan con los demás lo que hicieron conmigo en términos de uso injusto de la mentira y la difamación pública.La Justicia también debe investigar la malversación de gastos reservados. Pero si quieren hacerlo seriamente, en lugar de tratar de “redescubrir” con 10 años de atraso el mecanismo de reintegros de gastos protocolares que rigió entre 1991 y 1994 y que fue discutido, criticado y cambiado para dotarlo de total transparencia, se debería analizar el financiamiento de las campañas electorales, no sólo durante la gestión del Dr. Menem, sino también la del Dr. Alfonsín y la del Dr. Duhalde, ninguna de las cuales está libre de sospechas.
Lamentablemente, por la forma como se ha planteado en las últimas semanas, la discusión sobre los gastos reservados no parece estar orientada a que se investiguen seriamente y se castiguen los delitos de malversación de fondos e enriquecimiento ilícito. Me citan a mí como imputado cuando he sido sobreseído en una causa anterior por enriquecimiento ilícito y como Ministro de economía nunca tuve a mi cargo partida alguna de gastos reservados.
Pareciera más bien que se trata de una nueva cortina de humo, como ocurrió ya otras veces Pero me suena que hay un objetivo aún más detestable: transformar en chivos expiatorios y someter a un “enorme castigo moral” a funcionarios honestos en aras de conseguir impunidad para los delincuentes.
Notas:[1] El texto del Decreto 838 de 1994 se
puede ver en este sitio de la Web, haciendo click aqui[2] Marcelo Zlotogwiazda, el periodista de Página 12 que inició esta discusión en febrero de 1993, acaba de recordar algunos hitos de esa discusión. Ver artículo del 8 de mayo de 2005 en Página 12. Resulta notable que el periodista haya omitido una referencia al segundo artículo que publico en aquella época, en la que yo explico que los mal llamados “sobresueldos” son en realidad compensaciones de gastos protocolares. Una trascripción de ese segundo artículo se puede encontrar en este mismo sitio, haciendo click en este link.